Circular n. 77-2003 [apersonarse ante caso de violencia doméstica]
Hace saber a todas las autoridades judiciales del país que atienden violencia doméstica que cuando se encuentren disponibles y se requiera atender un caso de violencia doméstica, están en la obligación de apersonarse al despacho a atender la emergencia, en virtud de que su presencia es de suma impor...
Guardado en:
Autor principal: | Costa Rica. Corte Suprema de Justicia Autoría 28716 |
---|---|
Idioma: | español |
Publicado: |
(22
|
Materias: | |
Acceso en línea: | http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/circular_772003.pdf |
Etiquetas: |
Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!
|
Ejemplares similares
-
Circular n. 289-2020 Actualización de la circular N° 77-03 del 12 de agosto del 2003, "Deber de apersonarse al despacho cuando se tenga que atender un caso de violencia doméstica"
por: Costa Rica. Corte Suprema de Justicia Autoría 28716
Publicado: ((19 ) -
Reiteración de la Circular n. 111-2003, publicada en el Boletín Judicial n. 217 del 11 de noviembre del 2003, sobre "Deber de hacer saber al Tribunal de la Inspección Judicial, cuando exista denuncia contra funcionarios (as) judiciales en materia de Violencia: circular n. 108-2005
por: Costa Rica. Corte Suprema de Justicia Autoría 28716
Publicado: ((9 s) -
Resolución n. 2003-04367 [Acción de nconstitucionalidad promovida contra el Reglamento del Estatuto del Servicio Civil]
por: Costa Rica. Corte Suprema de Justicia. Sala Constitucional Autoría 32896
Publicado: ((3 o) -
Dictamen 003-2003 [uso indebido de bienes y servicios por parte de los funcionarios públicos]
por: Costa Rica. Procuraduría General de la República Autoría 29978
Publicado: ((30 ) -
Extranjeros grabaron pedido de dádivas de funcionarios: Pidieron al inicio $150.000; luego menos, pero querían adelanto de $5.000Juzgado Penal les impuso el domingo seis meses de prisión preventiva
por: Arguedas Castro, Carlos Antonio Autor 36615, et al.
Publicado: ((2 )