Consulta Judicial n. 07-000647-007CO

Se evacua la consulta judicial en el sentido que el artículo 98, inciso m) del Código de Familia, adicionada por la Ley n. 8101 del 16 de abril del 2001, no resulta inconstitucional en el tanto se interprete que la sentencia vertida en un proceso de filiación con eficacia y autoridad de cosa juzgada...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Costa Rica. Corte Suprema de Justicia. Sala Constitucional Autoría 32896
Idioma:español
Publicado: (12
Acceso en línea:http://historico.gaceta.go.cr/2008/02/COMP_12_02_2008.pdf
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/poder_judicial.sala_const._resea_voto_0111582007.pdf
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