Resolución DGT-17-2008
Adiciona un artículo 2 bis a la resolución n. 13-08, el cual dice "En los impuestos y pagos diarios, la eliminación del descuento rige a partir de la publicación de la presente adición"
Guardado en:
Autor principal: | |
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Idioma: | español |
Publicado: |
(3 n
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Acceso en línea: | http://www.gaceta.go.cr/pub/2008/11/03/COMP_03_11_2008.pdf http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/direccion_gral_de_tributacion._resolucion_dgt172008.pdf |
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