Reglamento a la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo

Artículo 10, inciso 3) hace referencia al tratamiento prioritario y preferencial de los proyectos viables y factibles promovidos por mujeres. El inciso 4) del mismo artículo habla del diseño de políticas para neutralizar las desigualdades por razones de género.El artículo 17, sobre la integración de...

ver descrição completa

Na minha lista:
Detalhes bibliográficos
Idioma:espanhol
Publicado em: (1 d
Acesso em linha:http://historico.gaceta.go.cr/pub/2008/12/01/COMP_01_12_2008.pdf
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/decreto_n.34901meicmag.pdf
Tags: Adicionar Tag
Sem tags, seja o primeiro a adicionar uma tag!
_version_ 1818873952151273472
collection koha
description Artículo 10, inciso 3) hace referencia al tratamiento prioritario y preferencial de los proyectos viables y factibles promovidos por mujeres. El inciso 4) del mismo artículo habla del diseño de políticas para neutralizar las desigualdades por razones de género.El artículo 17, sobre la integración del Consejo Asesor Mixto estipula que se debe garantizar la equidad de género.El inciso 7) del artículo 23 menciona en la conformación e integración de la Comisión Técnica Interinstitucional de Servicios no Financieros y de Desarrollo a una persona representante propietaria y su respectiva suplemente por parte del Instituto Nacional de las Mujeres
id KOHA-OAI-TEST:690625
institution SIDOC INAMU
language spa
publishDate (1 d
record_format koha
spelling KOHA-OAI-TEST:6906252023-10-27T16:23:00ZReglamento a la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo(1 dic. 2008)spaArtículo 10, inciso 3) hace referencia al tratamiento prioritario y preferencial de los proyectos viables y factibles promovidos por mujeres. El inciso 4) del mismo artículo habla del diseño de políticas para neutralizar las desigualdades por razones de género.El artículo 17, sobre la integración del Consejo Asesor Mixto estipula que se debe garantizar la equidad de género.El inciso 7) del artículo 23 menciona en la conformación e integración de la Comisión Técnica Interinstitucional de Servicios no Financieros y de Desarrollo a una persona representante propietaria y su respectiva suplemente por parte del Instituto Nacional de las MujeresArtículo 10, inciso 3) hace referencia al tratamiento prioritario y preferencial de los proyectos viables y factibles promovidos por mujeres. El inciso 4) del mismo artículo habla del diseño de políticas para neutralizar las desigualdades por razones de género.El artículo 17, sobre la integración del Consejo Asesor Mixto estipula que se debe garantizar la equidad de género.El inciso 7) del artículo 23 menciona en la conformación e integración de la Comisión Técnica Interinstitucional de Servicios no Financieros y de Desarrollo a una persona representante propietaria y su respectiva suplemente por parte del Instituto Nacional de las MujeresLa Gacetahttp://historico.gaceta.go.cr/pub/2008/12/01/COMP_01_12_2008.pdfhttp://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/decreto_n.34901meicmag.pdf
spellingShingle Reglamento a la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo
title Reglamento a la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo
title_full Reglamento a la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo
title_fullStr Reglamento a la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo
title_full_unstemmed Reglamento a la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo
title_short Reglamento a la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo
title_sort reglamento a la ley del sistema de banca para el desarrollo
url http://historico.gaceta.go.cr/pub/2008/12/01/COMP_01_12_2008.pdf
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/decreto_n.34901meicmag.pdf