Reforma del capítulo octavo del título segundo del Código de Trabajo, Ley n. 2, Ley del Trabajo Doméstico Remunerado
El transitorio único faculta al Ministerio de Trabajo, a la Defensoría de los Habitantes y al Instituto Nacional de las Mujeres a difundir masivamente el contenido de este capítulo.
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Idioma: | español |
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Publicado: |
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Materias: | |
Acceso en línea: | http://historico.gaceta.go.cr/pub/2009/07/24/COMP_24_07_2009.pdf http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/ley_8726.pdf |
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