Modificación del artículo 22 del Código Procesal Penal
En el inciso d) se pretende que no proceda prescindir de la acción penal pública en casos:i) Delitos dolosos contra la vida e integridad física de las personas.iii) Relacionados con la explotación sexual y la corrupción de menores
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Idioma: | español |
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Publicado: |
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Acceso en línea: | http://www.gaceta.go.cr/pub/2009/10/21/COMP_21_10_2009.pdf http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/proyecto_17461.pdf |
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