Instituto Costarricense de Turismo: Modificación del Reglamento Financiero
Se aprueba la modificación parcial al "Reglamento Financiero". En esta modificación se hace referencia a faltas, cuyas sanciones se especifican en el Reglamento Autónomo del ICT, por ejemplo como sanción de una falta grave la persona se puede hacer acreedora de una suspensión o despido lab...
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Idioma: | espanhol |
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Acesso em linha: | http://historico.gaceta.go.cr/pub/2011/03/16/COMP_16_03_2011.pdf http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/ict_regl_financiero.pdf |
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Resumo: | Se aprueba la modificación parcial al "Reglamento Financiero". En esta modificación se hace referencia a faltas, cuyas sanciones se especifican en el Reglamento Autónomo del ICT, por ejemplo como sanción de una falta grave la persona se puede hacer acreedora de una suspensión o despido laboral.En el artículo 87 se indica que "Para los casos de incapacidad por maternidad u otros casos similares en que sea previsible la incapacidad, será considerado como falta grave el hecho de acogerse a ella teniendo gastos pendientes de liquidar" |
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