Decreto n. 28117-MP
Modifica el artículo 1 del Decreto n. 13, de 12 de julio de 1946, publicado en la Colección de Leyes de 1946, Semestre II, Tomo I, página 5 para que en lo sucesivo se lea:Anualmente se celebrará en el país el "Día del Niño y de la Niña", el día nueve de setiembre, aniversario de la Declara...
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Idioma: | espanhol |
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(22
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Acesso em linha: | http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/dec_28117_mp.pdf |
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description | Modifica el artículo 1 del Decreto n. 13, de 12 de julio de 1946, publicado en la Colección de Leyes de 1946, Semestre II, Tomo I, página 5 para que en lo sucesivo se lea:Anualmente se celebrará en el país el "Día del Niño y de la Niña", el día nueve de setiembre, aniversario de la Declaración de los Derechos del Niño y de la Niña. Se aprovechará esta conmemoración para hacer obra de propaganda educacional y de divulgación destinada a procurar el mejoramiento de las condiciones sociales, morales y económicas de la infancia, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia |
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spelling | KOHA-OAI-TEST:6917252023-10-27T16:23:33ZDecreto n. 28117-MP(22 oct. 1999)spaModifica el artículo 1 del Decreto n. 13, de 12 de julio de 1946, publicado en la Colección de Leyes de 1946, Semestre II, Tomo I, página 5 para que en lo sucesivo se lea:Anualmente se celebrará en el país el "Día del Niño y de la Niña", el día nueve de setiembre, aniversario de la Declaración de los Derechos del Niño y de la Niña. Se aprovechará esta conmemoración para hacer obra de propaganda educacional y de divulgación destinada a procurar el mejoramiento de las condiciones sociales, morales y económicas de la infancia, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la InfanciaModifica el artículo 1 del Decreto n. 13, de 12 de julio de 1946, publicado en la Colección de Leyes de 1946, Semestre II, Tomo I, página 5 para que en lo sucesivo se lea:Anualmente se celebrará en el país el "Día del Niño y de la Niña", el día nueve de setiembre, aniversario de la Declaración de los Derechos del Niño y de la Niña. Se aprovechará esta conmemoración para hacer obra de propaganda educacional y de divulgación destinada a procurar el mejoramiento de las condiciones sociales, morales y económicas de la infancia, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la InfanciaLa Gacetahttp://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/dec_28117_mp.pdf |
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