Plazo de 10 días para la audiencia temprana en conciliación

Comunica a los Juzgados de Pensiones Alimentarias del país que el plazo máximo para realizar audiencia temprana de conciliación es de 10 días, de lo contrario deberán proceder conforme lo establece la Ley de Pensiones Alimentarias, por lo que en cada Jurisdicción se deberá coordinar con la Defensa P...

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Hoofdauteur: Costa Rica. Poder Judicial. Secretaría General Autoría 32895
Taal:Spaans
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spelling KOHA-OAI-TEST:6921652023-10-27T16:23:44ZPlazo de 10 días para la audiencia temprana en conciliación Costa Rica. Poder Judicial. Secretaría General Autoría 32895 (27 abr. 2012)spaComunica a los Juzgados de Pensiones Alimentarias del país que el plazo máximo para realizar audiencia temprana de conciliación es de 10 días, de lo contrario deberán proceder conforme lo establece la Ley de Pensiones Alimentarias, por lo que en cada Jurisdicción se deberá coordinar con la Defensa Pública.Comunica a los Juzgados de Pensiones Alimentarias del país que el plazo máximo para realizar audiencia temprana de conciliación es de 10 días, de lo contrario deberán proceder conforme lo establece la Ley de Pensiones Alimentarias, por lo que en cada Jurisdicción se deberá coordinar con la Defensa Pública.PENSIÓN ALIMENTICIAPROCEDIMIENTO LEGALBoletín Judicialhttp://historico.boletinjudicial.go.cr/pub/2012/04/bol_27_04_2012.htmlhttp://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/circular_n_522012.pdf
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