Adición de un artículo 24 Bis, a la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, Ley n. 7801 y sus reformas: Proyecto de ley n. 19.265

Persigue que el Instituto Nacional de las Mujeres pueda "hacer transferencias de recursos a entidades públicas y privadas: específicamente asociaciones y fundaciones, legalmente constituidas".

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Costa Rica. Asamblea Legislativa Autoría 46158
Idioma:español
Publicado: (2 o
Materias:
Acceso en línea:http://www.imprentanacional.go.cr/pub/2014/10/02/ALCA51_02_10_2014.pdf
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosOficiales/proyecto_de_ley_19265.pdf
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosOficiales/02_oct-alcance_51_(1).jpg
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