Directriz n. 009-H Sobre la renegociación de convenciones colectivas de instituciones públicas
Todas las instituciones que conforman la Administración Pública Central que cuenten con convenciones colectivas, deberán renegociarlas una vez se llegue a su vencimiento. Lo anterior con el objeto de garantizar el uso racional de los recursos de la Hacienda Pública y con el debido respeto de los de...
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总结: | Todas las instituciones que conforman la Administración Pública Central que cuenten con convenciones colectivas, deberán renegociarlas una vez se llegue a su vencimiento. Lo anterior con el objeto de garantizar el uso racional de los recursos de la Hacienda Pública y con el debido respeto de los derechos laborales, en los términos del artículo 58 del Código de Trabajo, Ley número 2 del 27 de agosto de 1943 y el ordinal 3° del Reglamento de Negociación de Convenciones Colectivas en el Sector Público, Decreto número 29576-MTSS del 31 de mayo de 2001. |
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