32896, C. R. C. S. d. J. S. C. A. (8). Acción de inconstitucionalidad número 18-012262-0007-CO para que se declare inconstitucional la frase "...y eso en caso de que el alimentario haya tenido que contraer deudas para vivir", del artículo 172 del Código de Familia.
Chicago Style (17th ed.) Citation32896, Costa Rica. Corte Suprema de Justicia. Sala Constitucional Autoría. Acción De Inconstitucionalidad Número 18-012262-0007-CO Para Que Se Declare Inconstitucional La Frase "...y Eso En Caso De Que El Alimentario Haya Tenido Que Contraer Deudas Para Vivir", Del Artículo 172 Del Código De Familia. 8.
MLA (9th ed.) Citation32896, Costa Rica. Corte Suprema de Justicia. Sala Constitucional Autoría. Acción De Inconstitucionalidad Número 18-012262-0007-CO Para Que Se Declare Inconstitucional La Frase "...y Eso En Caso De Que El Alimentario Haya Tenido Que Contraer Deudas Para Vivir", Del Artículo 172 Del Código De Familia. 8.