Acción de inconstitucionalidad n. 18-017420-0007- CO promovida por Sala Segunda Corte Suprema de Justicia en lo referente a la constitucionalidad del artículo 243 del Código de Trabajo: Res. Nº 2019000238
"Se evacua la consulta formulada en el sentido de que la parte final del inciso a) del artículo 243 del Código de Trabajo, en cuanto establece que: "Cuando el cónyuge supérstite fuere el marido, sólo tendrá derecho a rentas si justifica que es incapaz para el trabajo, y que no tiene bienes...
Saved in:
成为第一个发表评论!