Ley n. 9847 Ley para autorizar transferencia de capital del Instituto Nacional de Seguros, a favor del Estado, para la atención de la emergencia con motivo de la pandemia del COVID-19
"El Instituto Nacional de Seguros (INS) deberá girar, por una única vez, la suma de setenta y cinco mil millones de colones (í75.000.000.000,00) de su capital acumulado, el cual será depositado en las cuentas del Ministerio de Hacienda, para la atención de la declaratoria de emergencia con ocas...
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Idioma: | espanhol |
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Acesso em linha: | https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2020/05/19/ALCA118_19_05_2020.pdf http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosOficiales/alcance_digital_n118_a_la_gaceta_n115_de_la_fecha_19_05_202_637254777269840939.pdf http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosOficiales/portada_alcance_118_637254777269820893.PNG |
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Resumo: | "El Instituto Nacional de Seguros (INS) deberá girar, por una única vez, la suma de setenta y cinco mil millones de colones (í75.000.000.000,00) de su capital acumulado, el cual será depositado en las cuentas del Ministerio de Hacienda, para la atención de la declaratoria de emergencia con ocasión de la enfermedad COVI D-19 y se utilizará, exclusivamente, para transferencias en beneficio de las personas que se han visto económicamente afectadas por la emergencia". |
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