Circular n. 114-2020 Modificación de la circular N° 58-2019 del 9 de abril de 2019, respecto a la Oficina, telefax y nombre de la persona a la cual deben dirigirse los documentos sobre violencia doméstica en el Ministerio de Seguridad Pública

"El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 42- 2020 celebrada el 30 de abril de 2020, artículo XLIV, aprobó modificar la circular N° 58-2019 del 9 de abril de 2019, respecto a la Oficina, telefax y nombre de la persona a la cual deben dirigirse los documentos y los seguimientos por me...

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Dettagli Bibliografici
Autore principale: Costa Rica. Poder Judicial Autoría 27267
Lingua:spagnolo
Pubblicazione: (24
Soggetti:
Accesso online:https://www.imprentanacional.go.cr/pub-boletin/2020/06//bol_24_06_2020.pdf
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosOficiales/boletin_judicial_n_120_de_la_fecha_24_06_2020_violencia_637287623625361621.pdf
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosOficiales/portada_boletin_120_637287623625361621.PNG
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Descrizione
Riassunto:"El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 42- 2020 celebrada el 30 de abril de 2020, artículo XLIV, aprobó modificar la circular N° 58-2019 del 9 de abril de 2019, respecto a la Oficina, telefax y nombre de la persona a la cual deben dirigirse los documentos y los seguimientos por medidas de protección, monitoreos preventivos y ordenes de libertad por situaciones relacionadas en materia de Violencia Doméstica y Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres, para en adelante la comunicación sea remitida directamente a la Delegación Policial del domicilio de la víctima para brindar el seguimiento preventivo".