Resolución n. DJUR-0109-07-2020-JM [Medidas para asegurar que las personas cumplan con los requisitos legales de egreso del país]
"Establecer de manera temporal y hasta nuevo aviso, conforme el desarrollo epidemiológico del COVID -19 y las condiciones de ingreso de personas a Nicaragua, como requisito de egreso de Costa Rica hacia Nicaragua por vía terrestre, marítima, fluvial o aérea, la obligación de presentar comproban...
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总结: | "Establecer de manera temporal y hasta nuevo aviso, conforme el desarrollo epidemiológico del COVID -19 y las condiciones de ingreso de personas a Nicaragua, como requisito de egreso de Costa Rica hacia Nicaragua por vía terrestre, marítima, fluvial o aérea, la obligación de presentar comprobante de haberse realizado dentro de las 72 horas previas, un examen de Reacción en Cadena de la Polimerasa (PCR) en tiempo real para COVID-19 con resultado negativo. Este requisito será exigible tanto a personas costarricenses como extranjeras que pretendan viajar hacia Nicaragua". |
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