Circular no. 266-2021 Deber de notificar personalmente el auto que otorga medidas de protección por Violencia Doméstica a la persona prevenida y dejar sin efecto, sobre este particular, la Circular No. 50- 2021 específicamente en el punto 1.3

"El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión No. 101- 2021 celebrada el 25 de noviembre de 2021, artículo XXXV, como recomendación de la Comisión Permanente para el Seguimiento de la Atención y Prevención de la Violencia Intrafamiliar del Poder Judicial, dispuso comunicar que en materia de...

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Auteur principal: Costa Rica. Poder Judicial. Secretaría General Autoría 32895
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