Acción de inconstitucionalidad número 20-0129370007-CO para que se declaren inconstitucionales los artículos 2; 3, viñetas 1 y 4; 4 bis, incisos 6) y 9); 7, incisos a) y r); 8, inciso a), y 13, inciso 1); todos del Decreto Ejecutivo n° 38999, denominado "Política del Poder Ejecutivo para erradicar de sus instituciones la discriminación hacia la población LGBTI"
Acción de inconstitucionalidad número 20-0129370007-CO para que se declaren inconstitucionales los artículos 2; 3, viñetas 1 y 4; 4 bis, incisos 6) y 9); 7, incisos a) y r); 8, inciso a), y 13, inciso 1); todos del Decreto Ejecutivo n° 38999, denominado "Política del Poder Ejecutivo para erradi...
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«Por mayoría se rechaza de plano la acción en cuanto a la impugnación del artículo 8, del Decreto Ejecutivo N° 38999, -MP-RE-JP-SP-MG-H-MAG-MEIC-MINAE-MOPT-MEP-S-MTSS-COMEX-MIDEPLAN-MICITT-MIVAH-MC-TUR-MDHIS-MCM-MIDEPOR, denominado “Política del Poder Ejecutivo para erradicar de sus instituciones la discriminación hacia la población LGBTI”. En lo demás, se declara sin lugar la acción, siempre y cuando se interprete que la persona funcionaria pueda ejercer el derecho a la objeción de conciencia, en caso de conflicto entre sus creencias éticas, morales y religiosas, con el ejercicio de la función pública al que está obligado, incluido participar y tener que comprobar la aprobación del curso “Caminando hacia la igualdad, por un servicio seguro e inclusivo para la población LGBTI”. |
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