CCSS solo debe atender a morosos por urgencias: Centro médico puede negar servicio, si paciente tiene cuotas pendientes; Resolución afecta, principalmente, a trabajadores independientes

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Ávalos Rodríguez, Ángela Autora 36909
Idioma:sin contenido lingüístico
Publicado: (9 j
Acceso en línea:http://www.nacion.com/nacional/salud-publica/CCSS-debe-atender-morosos-urgencias_0_1425657439.html
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosNacionales/ccss_solo_debe_atender_a_morosos_por_urgencias.mht
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