Resolución n. 2587-E interpretación al artículo 138 de la Constitución Política

Interpretación del artículo 138 de la Constitución Política. Los votos nulos y en blanco no deben ser tomados en cuenta para calcular el cuarenta por ciento de los sufragios válidamente emitidos que se mencionan en el artículo 138.

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Autore principale: Costa Rica. Tribunal Supremo de Elecciones Autoría 23586
Lingua:spagnolo
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