Resolución n. 2587-E interpretación al artículo 138 de la Constitución Política

Interpretación del artículo 138 de la Constitución Política. Los votos nulos y en blanco no deben ser tomados en cuenta para calcular el cuarenta por ciento de los sufragios válidamente emitidos que se mencionan en el artículo 138.

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Costa Rica. Tribunal Supremo de Elecciones Autoría 23586
Idioma:español
Publicado: (11
Materias:
Acceso en línea:http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/tribunal_supremo_de_elecciones_copy2.pdf
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