Decreto n. 3I593-MP-MCJD-H Reglamento al inciso c) del artículo 19 de la Ley n. 8346
Se indica que todas las instituciones autónomas y semiautónomas, "deberán pautar con el SINART al menos el 10 por ciento de los recursos incorporados cada año en la subpartida de información y publicidad e información en radio, televisión y otros medios."
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Idioma: | español |
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Acceso en línea: | http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/decr_31593_mp_mcjd_h.pdf |
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