Modificación al artículo n. 7 del reglamento de pago de incapacidades por enfermedad y maternidad a empleados del Poder Judicial
El artículo 80 no podrá ser aplicado en el caso de incapacidades de las mujeres relacionadas con su estado de embarazo y tampoco a las situaciones de los trabajadores o trabajadoras que sufran riesgo de trabajo, en cuyo caso se estará a lo dispuesto por el Código de Trabajo
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Accès en ligne: | http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/csj_sec_gen_005_07.pdf |
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