Corte Suprema de Justicia: Sala Constitucional. Res. No. 2008-006813.; Acción de inconstitucionalidad : 07-016347-0007-CO

Concluye que el artículo 73 del Código de Familia, mediante el cual se establece un plazo de caducidad de un año para la impugnación de la paternidad de hijos e hijas matrimoniales con posesión notoria, es de aplicación tanto para quienes han sido concebidos dentro de la relación matrimonial como en...

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Detalles Bibliográficos
Idioma:español
Publicado: (19
Acceso en línea:http://historico.boletinjudicial.go.cr/pub/2010/01/bol_19_01_2010.pdf
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/accion_inconst_07_016347_0007_co.pdf
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