Improcedencia de conciliar en asuntos donde exista violencia doméstica de fondo: Circular n.160-2012

Comunica a las servidoras y servidores del Poder Judicial que realizan o participan en conciliaciones judiciales el criterio de la comisión de violencia doméstica que considera que es improcedente conciliar casos de la materia de violencia doméstica, ni tampoco proponer la conciliación ni homologar...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Costa Rica. Corte Suprema de Justicia. Sala Constitucional Autoría 32896
Idioma:español
Publicado: (9 o
Acceso en línea:http://historico.boletinjudicial.go.cr/pub/2012/10/bol_09_10_2012.html
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC/DOCS/circular_n._1602012.pdf
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