Modifícanse los artículos 3, 7, 12 y 13 del Reglamento para el pago directo de alimentación, hospedaje y transporte a las personas usuarias de los servicios del INAMU

Esta modificación se realiza debido a que "se encontraron algunas impresiones, así como la no inclusión de mujeres que si bien no clasifican para la atención de condiciones de pobreza, se trata de mujeres sin empleo y sin ingreso propio o exiguo".

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Instituto Nacional de las Mujeres (Costa Rica) Autoría 23214
Idioma:español
Publicado: (15
Materias:
Acceso en línea:http://www.imprentanacional.go.cr/pub/2014/12/15/COMP_15_12_2014.pdf
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosOficiales/inamu-regl_alimentacion.pdf
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosOficiales/lg_15_dic.jpg
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