Reglamento para brigadistas Ad-Honorem de seguridad vial y atención de emergencias y monitoreos preventivos

Reglamento para brigadistas Ad-Honorem de seguridad vial y atención de emergencias y monitoreos preventivos. Señala en el Artículo 8. De las faltas graves, inciso 20) Realizar cualquier conducta que pueda ser calificada como acoso sexual según los señalamientos establecidos por la Ley Contra el Ho...

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Detalhes bibliográficos
Autor principal: Municipalidad de Escazú (San José, Costa Rica) Autoría 30093
Idioma:espanhol
Publicado em: (27
Assuntos:
Acesso em linha:https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2018/06/27/COMP_27_06_2018.pdf
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosOficiales/la_gaceta_n_115_de_la_fecha_27_06_2015_636656866367391907.pdf
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Resumo:Reglamento para brigadistas Ad-Honorem de seguridad vial y atención de emergencias y monitoreos preventivos. Señala en el Artículo 8. De las faltas graves, inciso 20) Realizar cualquier conducta que pueda ser calificada como acoso sexual según los señalamientos establecidos por la Ley Contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia, Nº 7476, publicada en La Gaceta Nº 45 del 03 de marzo de 1995 y su Reglamento.