Decreto n. 42324-MEIC Suspensión temporal de la aplicación del artículo 10 del Decreto Ejecutivo Nº 38884- MEIC del 24 de febrero del 2015 por los efectos del COVID-19

"Que considerando la necesidad de la población de contar con acciones que mitiguen los efectos negativos de la pandemia del Covid-19 en su economía personal, el Poder Ejecutivo ve conveniente y oportuno suspender temporalmente la aplicación del artículo 10 del Decreto Ejecutivo Nº 38884- MEIC,...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Costa Rica. Ministerio de Economía, Industria y Comercio Autoría 30972, Costa Rica. Presidencia de la República Autoría 24379
Idioma:español
Publicado: (25
Acceso en línea:https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2020/04/25/ALCA98_25_04_2020.pdf
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosOficiales/alcance_digital_n_98_a_la_gaceta_n91_de_la_fecha_25_04_2020_637234982789407754.pdf
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Descripción
Sumario:"Que considerando la necesidad de la población de contar con acciones que mitiguen los efectos negativos de la pandemia del Covid-19 en su economía personal, el Poder Ejecutivo ve conveniente y oportuno suspender temporalmente la aplicación del artículo 10 del Decreto Ejecutivo Nº 38884- MEIC, por el periodo que dure el estado de emergencia nacional, de manera que la población pueda contar con diversas opciones de compra en donde se incluya el producto regulado".