Circular Administrativa DGL-0012-2020 Regreso al horario regular de prestación de servicios del Registro Nacional

"Regresar al horario regular de la Institución de las 8:00 a.m. a las 4 p.m jornada continua, estipulado en el numeral 18 del Reglamento indicado y a las condiciones ordinarias establecidas de acuerdo con éste".

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Costa Rica. Registro Nacional. Junta Administrativa Autoría 33084
Idioma:español
Publicado: (9 m
Materias:
Acceso en línea:https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2020/05/09/ALCA109_09_05_2020.pdf
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosOficiales/alcance_digital_n109_a_la_gaceta_n105_de_la_fecha_09_05_202_637247871812252711.pdf
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