[Consulta judicial que se tramita con el número 23-004634-0007-CO promovida por Tribunal de Apelación Civil y de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela mediante la resolución de las 13:22 horas del 3 de febrero de 2023, dictada en el expediente número 20-000738-0638-CI (en el sentido de que la frase “en ese orden” del artículo 49 del Código Civil), se ha dictado el voto número 2024-001728]

“Por mayoría se evacua la consulta formulada en el sentido de que la frase “en ese orden” del artículo 49 del Código Civil es inconstitucional por violación a los derechos fundamentales cobijados en los numerales 28, 33 y 52 de la Constitución Política, 18 de la Convención Americana sobre Derechos H...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Costa Rica. Corte Suprema de Justicia. Sala Constitucional 32896
Idioma:español
Publicado: (05
Materias:
Acceso en línea:https://nexuspj.poder-judicial.go.cr/document/avi-1-0155-11852
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